23/12/2016
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Julio Carabajal Por Julio Carabajal

La suprema corte resolvió a favor del municipio

Copete: 

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires suspendió la aplicación de la ordenanza que establecía topes para las tasas que deben abonar los propietarios de grandes parcelas de tierra ubicadas en el distrito

Fue sorpresivo tal como le gusta al jefe comunal porque algunos medios lo habían consultado en oportunidad de una conferencia de prensa cuando anunció el veto de otra ordenanza que establecía el incremento del boleto del pasaje del colectivo local. La respuesta del jefe comunal fue que se estaba analizando la posibilidad de una presentación ante la Suprema Corte de Justicia provincial. Para los que conocen a Gustavo Barrera sabían que algo se traía en ese sentido pero no quería adelantarlo. Finalmente este jueves se conoció la resolución del máximo tribunal de justicia en la Provincia y fue favorable a la postura del intendente a pesar de que es una medida provisoria hasta tanto de analice la cuestión de fondo.

El 28 de noviembre de 2007 el ex –intendente Luis Baldo firmó el Decreto 2048 que planteaba que “era necesario acotar los valores máximos a abonar por grandes parcelas a efectos de que la tasa resulte equitativa y razonable”.

Posteriormente el también ex –intendente Jorge Rodríguez Erneta firmó el decreto N 1664 con fecha 28 de Julio de 2008 con el mismo tenor que el anterior. Vaya a saber cuál fue la moneda de cambio para que Erneta firme este decreto que beneficiaba básicamente a familias tradicionales de la ciudad.

Durante este año el intendente Gustavo Barrera tuvo una relación tumultuosa con la oposición que se visualizó en la desfinanciación del municipio cuan do se sanciono el presupuesto 2016. Es por esto que necesito echar mano a alternativas que le permitan recaudar dinero para el normal funcionamiento del municipio. Por esto el 29 de septiembre de 2016 derogó el decreto 1664/08 que volvía todo al estado original y esos propietarios de grandes parcelas deberán pagar los valores de tasas que estipula el Código Tributario vigente.

Finalmente en la sesión del 7 de Noviembre de 2016 el bloque Cambiemos planteo una ordenanza que establecía y ampliaba los alances del decreto derogado por el intendente. Aquí hay que detenerse para pensar que esta ordenanza fue votada por la totalidad de los concejales incluso por Jorge Martínez Salas y Atilio Roncoroni quienes tienen intereses personales en  tierras.

Es cierto que la aplicación del Código Tributario establece tasas altísimas, casi imposibles de pagar en la Argentina de estos tiempos, pero tampoco hubo una dialogo entre las partes para buscar una solución.

El último capítulo de este culebrón político fue el veto de la ordenanza de parte del intendente y una vez que volvió al Concejo Deliberante fue ratificada por los bloques de la oposición en todos sus términos y amplio beneficios a otros vecinos en tiempo record.  Así se llegó al recurso de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia que suspendió la aplicación de la polémica ordenanza. Con esta medida los propietarios deberán pagar los montos que impone el Código Tributario vigente.  

En esta nota el asesor letrado del municipio el abogado Marcelo Martinó aclara los términos de la resolución del máximo tribunal de justicia de la Provincia de Buenos Aires.

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http://radiozonar.com/una-resolucion-historica-que-favorece-al-municipio/

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