En esta nota se puede explicar con claridad la motivación que tuvo La Asamblea en Defensa del Médano Costero para oponerse con dureza al Plan Director el Proyecto inmobiliario denominado “El Salvaje”
En la sesión del lunes pasado un grupo de integrantes de la Asamblea en Defensa del Médano Costero intento cambiar la opinión de los concejales con un método que fue contraproducente: Gritos, ironías, insultos e impidieron hablar a los ediles que pugnaban por justificar su decisión.
Días antes uno de sus líderes, Pablo Domínguez explicó los motivos que llevó a la Asamblea a actuar de esa forma.
“La Asamblea fue convocada el martes 7 de octubre a la reunión de la comisión para tratar el tema pero es importante decir que esa zonificación del predio es válida hay que hacer un estudio de Impacto Ambiental. Los concejales no se puedan basar en el estudio que hicieron los inversores, hay que aclarar que el juez lo rechazó en el amparo que presentó la asamblea. Todo municipio que pretenda zonificar debe tener avales propios que indiquen que ese lugar puede ser urbanizado y se lo dijimos a la comisión. Si salió esta zonificación están violando las leyes ambientales, la 11723 y la 8912”, expresó Domínguez.
De la misma forma agregó que “Hay que tener en cuenta que lo dijimos antes de la sanción y también está vigente la medida cautelar de no innovar. El juez Marcelino Escobar de Dolores es el árbitro de este litigio”
Pablo Domínguez afirma que esta actitud no lo sorprende, que los antecedentes en Villa Gesell indican que aquí siempre pasó esto. De esta forma se hicieron muchas cosas ilegales en Villa Gesell
“La cosa es así, entiendo que los concejales pueden tratar el tema, pero me parece que si ellos legislan así, legislan sobre lo mismo que ya fue cuestionado por el magistrado. Por el lado del ejecutivo Barrera no estaba al tanto de esto, no hubo ninguna modificación, no nos mostraron nada, no hay ningún estudio, nuevo, es todo lo mismo”, puntualizó Domínguez
Las palabras del ecologista son sensatas y mantienen una coherencia. Se entiende que si esté vigente una medida cautelar se podría haber consultado al magistrado sobre legislar en la materia. Por otro lado el Estudio de Impacto Ambiental debe ser monitoreado por el OPDS y llegar a una declaración de Impacto Ambiental con la transparencia que el proyecto y la ciudad merecen.
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