03/09/2018
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Julio Carabajal Por Julio Carabajal

QUITA DEL FONDO SOJERO: Un decreto con exacerbado espíritu liberal

Copete: 

La derogación del Fondo Federal Solidario repercutirá en las economías de los municipios el año próximo; año electoral por cierto. Esos fondos hasta ahora no fueron “re direccionados” como repetía la dirigencia de Cambiemos local. Mientras tanto, el dólar no para en su carrera ascendente

Año difícil para recordar este 2018 porque se constituyó en el periodo más grave en materia económica de la Argentina. Es un claro ejemplo de la forma en que la política nacional impacta furiosamente en los municipios. El bloque de concejales de Cambiemos de Villa Gesell no profundiza sobre el tema, no opina, le escapa al debate y prefiere que pase rápido y todos se olviden.

Los cierto es que los intendentes bonaerenses se verán obligados a recortar servicios comunales como respuesta a una decisión política exclusiva de los gobiernos nacional o provincial. La medida de Mauricio Macri de eliminar el Fondo Federal Solidario o Fondo Sojero fue inconsulta, ni siquiera se adelantó y deja a las comunas sin aporte económico vital para las poblaciones del interior de la provincia.

Con esta medida, en 2019, los distritos no percibirán unos 2.500 millones de pesos. Mientras que el gobierno de María Eugenia Vidal no recibirá 6.000 millones de pesos.

“En lo que va del año es el tercer ajuste que pega de lleno en las arcas municipales. Primero fue la resolución del OCEBA que limitó a las comunas la posibilidad de cobrar tasas municipales como parte de la factura eléctrica. Claro, en algunos distritos, para mantener una tasa de cobrabilidad aceptable, algunos servicios -como Seguridad e Higiene, Vial, Caminos Rurales- formaban parte de la boleta por el gasto en electricidad.

El segundo escollo fue la reducción del impuesto que representa un 6 por ciento de la tarifa eléctrica que pertenecía a las municipalidades. Dicho porcentaje, si bien para un vecino que paga 1.000 pesos de tarifa sería un ahorro de 60 pesos. Pero para la recaudación de un municipio de 50 mil habitantes sería de 20 millones, para un distrito de 100 mil habitantes sería de 30 millones. Esta medida fue aprobada por la legislatura bonaerense, pero quedó congelada hasta 2019” (Revista la Tecla).

El oficialismo acató la medida a pesar de las consecuencias que les traerá en el futuro inmediato. También hicieron una advertencia para ese futuro. Desde el radicalismo se pensó con el regreso del Fondo de Infraestructura Municipal, pero el jefe de Gabinete, Federico Salvai, lo descartó de plano.

Desde el peronismo hay malestar y ponen sobre el escenario el acompañamiento que realizaron a la hora de luchar por el Fondo del Conurbano. Más allá que planean reforzar los reclamos a la hora de discutir el Presupuesto 2019, pero prevén que, inevitablemente, que esos fondos no serán reemplazados por otra partida.

El ajuste es furioso y no respeta intendentes amigos o del mismo palo. La larga garra del FMI convocado por el Macrismo, absorbe los fondos destinados a la obra pública o para servicios esenciales para las poblaciones. No hay perdón para nadie, aunque para estos casos siempre hay excepciones de esas que ya se conocen y a las que apelan todos los partidos políticos.

Los intendentes ya adelantan que el ajuste será casi una obligación para sostener sus estructuras. La extirpación del Fondo Sojero fue un golpe bajo para las comunas, incluso en aquellas gobernadas por Cambiemos, pero tienen que callarse porque son del mismo palo ideológico.

En lo inmediato el recorte se sentirá en las obras públicas que realizan los municipios y luego se sumaran más ajuste que podría llegar hasta despidos de personal. Muchos buscaran alternativas o irán a la justicia como lo hizo este martes Gustavo Barrera al presentar un amparo, pero nadie duda que se viene un año muy difícil.

Por la continuidad del Fondo Sojero

Los intendentes del oficialismo están enojados con la medida pero no pueden protestar, ni plantear una salida porque desde nación y provincia le bajan la línea de apoyar el plan económico para reducir el gasto público.

Por su parte, los intendentes del peronismo, junto con la Defensoría del Pueblo, irán a la Justicia para evitar que el gobierno nacional les vuelva a quitar recursos. “Para este año teníamos proyectado 5.000.000 millones de pesos y sólo recibimos 2.000.000 millones y el año que viene no va a estar este recurso. El tema es que este año ya lo teníamos proyectado en obras. Tiene un fuerte impacto; es un dinero que, por lo general, se usaba para infraestructura. Se compra material local y se usa mano de obra local”, señaló el intendente de Gonzales Chaves, Marcelo Santillán.

Para el peronismo este es un ataque concreto a las cuestiones básicas del sistema federal. Aseguran que es un ataque directo a la autonomía de cada distrito. A su vez, Fernando Gray, intendente de Esteban Echeverría, sentenció que “la eliminación del Fondo Federal Solidario significa menos obras para los vecinos”.

“Ese dinero, que se coparticipaba a pueblos y ciudades de todo el país tenía la finalidad de financiar en provincias y municipios, obras que contribuyeran a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales”, expresan los intendentes al unísono.

Ahora bien, el texto del decreto que anula el Fondo Sojero es un lamento peregrino al paradigma de la entrega y a esa extraña insuficiencia de no buscar nuevos caminos ante la adversidad.

“Las nuevas circunstancias que presenta el contexto internacional, la necesidad de acelerar la consolidación fiscal y evitar la generación de mayores desbalances, y las medidas adoptadas para enfrentarlas hacen necesario eliminar el Fondo Federal Solidario en miras a brindar respuestas eficientes con la asignación de los recursos disponibles”, señala el Decreto 756/2018, que deroga el Decreto Nº 206/2009.

De esta forma, se cancelaron las transferencias directas a jefes comunales e intendentes. En la misma dirección, se deduce que tampoco será introducido este ítem en el Presupuesto Nacional 2019.

Según estimaciones, el Ejecutivo nacional dejará de trasferir 1.000 millones de pesos, y es esa cantidad la que planea ahorrarse por la eliminación de dicho fondo. Veamos el caso de la ciudad de Santa Fe, en 2015 recibió un poco más de 47 millones por ese concepto; en 2016 llegaron 61 millones; en 2017, fueron 71 millones y en los meses transcurridos de 2018 el municipio percibió 45 millones de pesos.

Es un recorte significativo que va a resentir la actividad municipal y una muestra cabal de la política liberal que implementa Mauricio Macri. Si alguien necesitaba un ejemplo liberal, el texto del decreto lo expresa con triste claridad.

El texto del decreto

“FONDO FEDERAL SOLIDARIO

Decreto 756/2018

Derogación. Decreto Nº 206/2009.

Buenos Aires, 14/08/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2018-39305779-APN-DGD#MHA, las Leyes Nº 23.548 y sus modificatorias y 27.429 del Consenso Fiscal, y el Decreto Nº 206 del 19 de marzo de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo dispuesto en el artículo 4 de la CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA y en el artículo 2, inciso a), de la Ley Nº 23.548 y sus modificatorias, los derechos de exportación constituyen recursos exclusivos de la Nación.

Que, sin perjuicio de ello, por el Decreto Nº 206 del 19 de marzo de 2009 se creó el Fondo Federal Solidario con la finalidad de financiar en Provincias y Municipios, obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales.

Que en el artículo 2º de esa norma, se estableció que se destinaría al aludido Fondo el TREINTA POR CIENTO (30%) de las sumas que el ESTADO NACIONAL efectivamente percibiese en concepto de derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y derivados.

Que cuando se creó el Fondo Federal Solidario, las Provincias recibían aproximadamente una cuarta parte de la recaudación de impuestos nacionales.

Que a partir de diferentes medidas adoptadas por esta administración, se ha modificado el esquema de distribución de los recursos fiscales, en beneficio de las Provincias, quienes reciben actualmente un tercio de esos recursos.

Que en ese marco, en el Consenso Fiscal celebrado el 16 de noviembre de 2017 y aprobado por la Ley Nº 27.429 se acordaron nuevas pautas para la coordinación de potestades tributarias entre los distintos niveles de gobierno y se estableció en el inciso h del punto II del mismo que los recursos del Fondo Federal Solidario, en la medida en que este existiese, se distribuirían entre las jurisdicciones que adhiriesen y cumpliesen con aquel, sin incluir el ESTADO NACIONAL.

Que las nuevas circunstancias que presenta el contexto internacional, la necesidad de acelerar la consolidación fiscal y evitar la generación de mayores desbalances, y las medidas adoptadas para enfrentarlas hacen necesario eliminar el Fondo Federal Solidario en miras a brindar respuestas eficientes con la asignación de los recursos disponibles.

Que la naturaleza excepcional de la situación planteada hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCIÓN NACIONAL para la sanción de las leyes.

Que la Ley Nº 26.122, regula el trámite y los alcances de la intervención del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que la citada ley determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los Decretos de Necesidad y Urgencia, así como elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de DIEZ (10) días hábiles.

Que el artículo 22 de la Ley Nº 26.122 dispone que las Cámaras se pronuncien mediante sendas resoluciones, y que el rechazo o aprobación de los decretos deberá ser expreso conforme lo establecido en el artículo 82 de la Carta Magna.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos Competentes.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de acuerdo a los artículos 2º, 19 y 20 de la Ley Nº 26.122.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Derogase el Decreto Nº 206 del 19 de marzo de 2009.

ARTÍCULO 2º.- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI – Marcos Peña – José G. Santos – Germán C. Garavano – Patricia Bullrich – Alberto J. Triaca – Carolina Stanley – José L. Barañao – Alejandro P. Avelluto – Rogelio Frigerio – Dante Enrique Sica – Luis Miguel Etchevehere – Guillermo J. Dietrich – Sergio A. Bergman – Andrés H. Ibarra – Javier Alfredo Iguacel – Oscar R. Aguad – Adolfo Luis Rubinstein – Nicolás Dujovne – Alejandro Oscar Finocchiaro

Fuente: www.sudeste.info

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