04/12/2014
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El informador geselino Por El informador geselino

Sain: “Queremos quitarle excusas a la policía para que no siga deteniendo a los sospechosos de siempre y se aboque al control del crimen"

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El diputado de NE presentó un proyecto de ley que limita la facultad policial para detener personas por averiguación de identidad

El diputado provincial por Nuevo Encuentro, Marcelo Sain presentó un proyecto de ley que propone limitar las facultades policiales para la detención de personas por averiguación de antecedentes. La iniciativa establece que en territorio bonaerense, el personal uniformado sólo podrá detener a ciudadanos mayores de edad cuando medie una orden judicial; de acuerdo a lo previsto en el Código Procesal Penal o el Código de Faltas o cuando existan indicios objetivos y comprobables de que esa persona pueda cometer una falta. En ningún caso la averiguación de identidad podrá extenderse por más de 4 horas. 

La iniciativa busca terminar con la arbitrariedad que supone la figura de "averiguación de antecedentes " y al mismo tiempo dotar al personal policial de un marco regulatorio que le permita realizar su trabajo con una normativa clara y eficiente. “Queremos sentar las bases institucionales para que la policía se dedique a trabajar eficazmente en el control de los delitos de manera democrática, y de esta forma deje de detener masivamente a los sospechosos de siempre”, explicó Sain y agregó: “Necesitamos que en la provincia de Buenos Aires, la Policía se enfoque a prevenir y conjurar los delitos basándose en información criminal y planificación orientada a resolver problemáticas delictivas y que exista evaluación técnica a institucional del desempeño policial”. 

El proyecto de Ley de Nuevo Encuentro establece en el artículo 1° que el personal policial podrá detener a las personas "únicamente en los siguientes casos: por orden judicial; en los casos previstos por el Código Procesal Penal o por el Código de Faltas; cuando indicios objetivos y comprobables permitan presumir que alguien pudiese cometer un delito o contravención, con el único fin de proceder a su identificación en el lugar del procedimiento, excepto que ello no pudiera cumplirse de ningún modo". 

El proyecto de Ley establece taxativamente que “ninguna persona puede ser detenida con el único fin de ser identificada, si no existieran las circunstancias objetivas". “La identificación de una persona es un hecho secundario y derivado de la labor policial que apunta a prevenir o conjurar un delito, ya que en la legislación argentina no existen disposiciones legales que obliguen a los ciudadanos a portar documentos identificatorios”, destacó Sain. “Sólo vale la sospecha fundada de que una persona pueda cometer un delito o lo ha cometido y a partir de eso toma relevancia instrumental la averiguación de identidad”, agregó el legislador de NE. 

“Con esta iniciativa queremos quitarle excusas a la policía para evitar que siga dilapidando esfuerzos en detener a sospechosos sin créditos de delincuentes y pueda abocarse a problemáticas criminales verdaderas”, agregó el diputado de Nuevo Encuentro.

“Esperamos que nuestro proyecto de Ley contribuya a elaborar estrategias y mecanismos concretos para el conocimiento de la problemática criminal, su prevención y conjuración, como el eje de la labor policial, quitándole a la policía la facultad de detención por averiguación de identidad pero habilitándola a detener personas sobre las que existan presunciones firmes de que vaya a cometer un delito o contravención, o que ya lo haya perpetrado”, precisó Sain.

Actualmente, en la provincia de Buenos Aires está vigente la facultad de detención sin orden judicial de una persona cuando resulte “necesario” a criterio del personal policial actuante, sin que existan situaciones que hagan presumir que esa persona esté dispuesta a cometer un hecho delictivo o contravencional o lo haya cometido; y esa detención puede extenderse hasta 12 horas. Desde los orígenes de la policía argentina la detención policial por averiguación de antecedentes o de identidad ha constituido la práctica institucional más extendida y utilizada del trabajo policial, se señaló en los fundamentos del proyecto. 

La facultad policial de detención por averiguación de identidad es una forma manifiesta de convalidación del poder represivo para disciplinar a los sectores populares marginalizados. Diversos estudios han demostrado que con esta figura, la policía detiene “mayoritariamente a varones, jóvenes residentes en barrios alejados de la centralidad urbana”. 

A la fecha, numerosos jueces penales de la Provincia han sostenido en trabajos académicos y fallos, la inconstitucionalidad de la detención por averiguación de antecedentes ya que ultraja garantías constitucionales básicas: viola la garantía primaria de la libertad y también la garantía secundaria de la presunción de inocencia, que se ve trastocada por un estado de sospecha indefinido.

“Proponemos la restricción y regulación de la facultad policial mediante el establecimiento de un procedimiento que la policía deberá seguir cuando ejerce estas facultades de detención; la responsabilidad de la supervisión del mando policial de las detenciones efectuadas por el personal a su cargo y el control administrativo y jurisdiccional de las mismas”, detalló Sain.

“Ninguna persona puede ser privada de su libertad con el único objetivo de ser identificada si no existen circunstancias objetivas como la sospecha policial asentada en la existencia de indicios objetivos y comprobables que permitan presumir que alguien pueda cometer un delito o contravención; y ese tiempo necesario para su identificación no puede exceder de 4 horas”, concluyó.

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