14/06/2024
Sección: 
El informador geselino Por El informador geselino

LEY BASES Y PAQUETE FISCAL: CUALES SON LOS PROXIMOS PASOS LEGISLATIVOS

Copete: 

La Constitución Nacional establece el camino legislativo que debe seguir una ley para conseguir su aprobación. ¿Cuáles son los principales cambios introducidos a la Ley Bases y el Paquete Fiscal?

Luego de 17 horas de debate, el Senado de la Nación aprobó en general la Ley Bases del Gobierno. Pasadas las 11 de la noche del miércoles, la votación resultó en un empate, con 36 votos positivos y 36 negativos. Por ese motivo, y de a cuerdo al reglamento del Congreso, la presidenta del Senado, Victoria Villarruel, emitió su voto positivo y así se impuso la aprobación del proyecto. Ahora el texto debe volver a Diputados. ¿Qué puede pasar en la Cámara Baja?

Durante la madrugada, el debate en la Cámara Alta continuó con la votación por capítulos. Finalmente, el oficialismo consiguió la aprobación --con modificaciones al texto que mandó Diputados-- de las facultades delegadas, la privatización de empresas públicas, los capítulos laborales y el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).

Los principales cambios que introdujo la Cámara de Senadores fueron la reducción de empresas a privatizar --se excluyó a Radio y Televisión Pública, Aerolíneas Argentinas y Correo Argentino de la lista--, la eliminación del capítulo previsional que suprimía la moratoria jubilatoria y recortes en los alcances del RIGI.

Finalizado el debate y la votación de la Ley Bases, se trató el Paquete Fiscal, que también consiguió la aprobación en general por 37 votos afirmativos y 35 en contra. Sin embargo, los legisladores rechazaron el capítulo que modificaba el régimen del impuesto a las Ganancias. El oficialismo tampoco logró el visto bueno de los senadores a la modificación al impuesto a los Bienes Personales.

Ahora, la Ley Bases y el Paquete Fiscal vuelven a Diputados para que se aprueben o rechacen las modificaciones que hizo el Senado.

.Cómo es el trámite legislativo para que se apruebe una ley

El camino legislativo de una ley empieza con la presentación de un proyecto en mesa de entradas de la Cámara de Diputados o del Senado, según indica el artículo 77 de la Constitución Nacional (CN). La presentación puede realizarla alguno de los miembros del Congreso o el propio Poder Ejecutivo.

Luego, sigue el tratamiento en comisiones hasta que los legisladores emiten un dictamen. En algunas ocasiones, cuando se presentan a temas urgentes o relevantes, un proyecto puede ser tratado “sobre tablas” en el recinto, es decir, salteando el debate en comisiones. Finalmente, el texto pasa al debate parlamentario en ambas Cámaras.

Cuando un proyecto de ley es aprobado en la Cámara de origen, pasa a ser discutido en la Cámara revisora, que lo puede aprobar, rechazar o devolver con sus correcciones. Dependiendo cómo resulte la votación, pueden presentarse tres escenarios:

-La Cámara de origen y la Cámara revisora aprueban el proyecto: se sanciona la ley.

-La Cámara de origen aprueba el proyecto y la Cámara revisora adiciona o lo corrige: el texto vuelve a la Cámara de origen.

-La Cámara de origen aprueba el proyecto, pero la Cámara revisora lo rechaza: el proyecto no puede volver a tratarse en las sesiones de ese año.

Cuando un proyecto de ley, como la Ley Bases y el Paquete Fiscal, son aprobados con modificaciones por la Cámara revisora y deben volver a la Cámara de origen, pueden ocurrir dos escenarios.

Si la Cámara de origen acepta todas o algunas de las modificaciones, se sanciona el texto aprobado en la Cámara revisora. Por el contrario, si la Cámara de origen insiste en la redacción originaria, necesita alcanzar la misma mayoría o una superior que la de la Cámara revisora para que se sancione como ley el texto originalmente aprobado, en el caso de no lograrlo queda sancionado el texto aprobado en la Cámara revisora.

En ningún caso la Cámara de origen puede desechar totalmente los proyectos modificados por la Cámara revisora, ni introducir nuevas adiciones o correcciones, de a cuerdo a lo establecido en el artículo 81 de la CN.

De todas maneras, existe una interpretación de ese artículo, avalada por ambas cámaras en 1995, que detalla cómo deben ser abordadas las modificaciones al texto legislativo.

La aclaración establece que "cuando un proyecto de ley vuelve a la Cámara de origen con adiciones o correcciones introducidas por la Cámara revisora, podrá aquella aprobar o desechar la totalidad de dichas adiciones o correcciones, o aprobar algunas y desechar otras, no pudiendo en ningún caso introducir otras modificaciones que las realizadas por la Cámara revisora". Es decir, ahora la Cámara de Diputados puede aceptar o rechazar algunos o todos los cambios a la Ley Bases y el Paquete Fiscal introducidos por el Senado.

Una vez que la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados sancionan un proyecto de ley, el texto pasa al Poder Ejecutivo. El presidente de la Nación puede aprobar y promulgar la ley o vetarla de forma total o parcial.

Todos los derechos compartidos