03/08/2022
Sección: 
El informador geselino Por El informador geselino

UN TRIBUNAL CONSIDERO COMO VIOLENCIA DE GENERO DIGITAL LA DIFUSIÓN NO CONSENTIDA DE MATERIAL ÍNTIMO

Copete: 

Una mujer denunció a su exnovio por difundir sin su consentimiento videos íntimos de ellos. Ahora, los jueces ordenaron al hombre que borre todos esos contenidos.
 

Por primera vez, la Justicia encuadró la difusión no consentida de material íntimo como una forma de violencia de género digital. El fallo es de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Y se refiere a un caso en el que una mujer había denunciado en la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema a su exnovio por distintos episodios de violencia física, psicológica y además por difundir videos de ellos manteniendo relaciones sexuales.

 

La sentencia fue dictada por voto unánime de los jueces Carlos Calvo Costa, Guillermo González Zurro y de la jueza María Isabel Benavente, integrantes de la Sala M del tribunal. Como otro aspecto novedoso, lxs magistrados ordenaron al demandado la eliminación de sus dispositivos, “incluso en la nube, sin que quede almacenado en ningún tipo de sistema o soporte”, de todo el material íntimo que tenga de la denunciante en un plazo de 48 horas bajo apercibimiento de multa de un millón de pesos.

 

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